Declaración de la Comisión Europea sobre la decisión de adecuación de EE.UU
La Comisión Europea ha emitido hoy una nueva decisión de adecuación que sustituye a la decisión sobre el "Escudo de la privacidad", previamente invalidada por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en relación con la vigilancia estadounidense. El TJUE exigió (1) que la vigilancia de EE.UU. sea proporcionada en el sentido del artículo 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales (CFR) y (2) que haya acceso a la reparación judicial, como exige el artículo 47 CFR. La legislación estadounidense actualizada (Orden Ejecutiva 14086) parece fallar en ambos requisitos, ya que no cambia la situación con respecto a la PPD-28 aplicable anteriormente. Existe una "vigilancia masiva" continua y un "tribunal" que no es un tribunal real. Por lo tanto, cualquier "decisión de adecuación" de la UE que se base en la Orden Ejecutiva 14086 probablemente no satisfará al TJUE.
Como se destacó en la declaración anterior denoyb sobre la Orden Ejecutiva 14086 de EE.UU., los cambios en la legislación estadounidense parecen más bien mínimos. Ciertas modificaciones, como la introducción del principio de proporcionalidad o la creación de un Tribunal, parecen prometedoras, pero si se examinan con más detenimiento, resulta obvio que la Orden Ejecutiva exagera y se queda corta en lo que respecta a la protección de las personas no estadounidenses. Parece obvio que cualquier "decisión de adecuación" de la UE que se base en la Orden ejecutiva 14086 probablemente no satisfará al TJUE. Esto significaría que el tercer acuerdo entre el Gobierno de EE.UU. y la Comisión Europea podría fracasar.
Max Schrems:"Analizaremos el proyecto de decisión en detalle los próximos días. Como el proyecto de decisión se basa en la conocida Orden Ejecutiva, no veo cómo podría sobrevivir a una impugnación ante el Tribunal de Justicia. Parece que la Comisión Europea se limita a emitir decisiones similares una y otra vez, en flagrante violación de nuestros derechos fundamentales."
El proyecto de decisión será revisado ahora por el Consejo Europeo de Protección de Datos (CEPD) y los Estados miembros europeos. Sin embargo, ni siquiera las declaraciones negativas del EDPB y los Estados miembros son vinculantes para la Comisión. Una vez publicada la decisión, las empresas europeas podrán basarse en ella para enviar datos a Estados Unidos. La decisión final no se espera antes de la primavera de 2023. Los usuarios podrán entonces impugnar la decisión ante los tribunales nacionales y europeos.